Reglamento relativo al despilfarro del agua en el plantel Sor Juana Inés de la Cruz
El agua es un recurso vital para la vida y el equilibrio ambiental. Sin embargo, dentro del Plantel Sor Juana Inés de la Cruz se han observado prácticas que generan un desperdicio constante de agua, afectando tanto al funcionamiento institucional como al medio ambiente. El propósito de este reglamento es establecer medidas que regulen el uso responsable del agua, asignar responsabilidades a los distintos miembros de la comunidad escolar y aplicar sanciones a quienes no cumplan con estas disposiciones, contribuyendo así al desarrollo sustentable.
Capítulo I — Disposiciones Generales
Artículo 1. Regular el uso eficiente del despilfarro agua en el plantel.
Artículo 2. Su cumplimiento de este reglamento es obligatorio para todas las personas dentro de la institución.
Artículo 3. Se considera despilfarro de agua cualquier uso excesivo, innecesario o irresponsable del agua.
Artículo 4. Este reglamento tendrá validez dentro de todas las áreas del plantel, incluyendo sanitarios, laboratorios y jardines.
Artículo 5. Se promoverá la instalación de dispositivos ahorradores de agua en sanitarios, lavabos y bebederos.
Artículo 6. La comunidad escolar deberá recibir información sobre la importancia del ahorro del agua al inicio de cada semestre.
Capítulo II — De las Obligaciones y Responsabilidades
Artículo 7. La comunidad escolar deberá aplicar buenas prácticas para el ahorro del agua, como reutilizar el agua, campañas de concienciación, cierres responsables.
Artículo 8. Se deberá reportar inmediatamente al director cualquier fuga o daño en instalaciones hidráulicas.
Artículo 9. Se deberán cerrar correctamente todas las llaves de agua después del uso.
Artículo 10. Cada grupo designará a un representante responsable de supervisar el uso correcto del agua en su salón.
Artículo 11. Los servicios generales deberán revisar periódicamente las instalaciones para prevenir fugas o desperdicios.
Capítulo III — De los Docentes y Personal
Artículo 12. Fomentar en los estudiantes una cultura de cuidado del agua como charlas y talleres educativos, campañas y murales.
Artículo 13. Supervisar el correcto uso del agua en salones, laboratorios y espacios comunes.
Artículo 14. Informar al director y tomar acciones rápidas cuando se detecten fugas o mal uso.
Artículo 15. Promover proyectos escolares sobre ahorro y reutilización del agua.
Artículo 16. Servir de ejemplo a los estudiantes evitando el desperdicio de agua durante las actividades cotidianas.
Capítulo IV — De los Alumnos
Artículo 17. Usar el agua del baño o áreas verdes únicamente cuando sea necesario para higiene y actividades escolares.
Artículo 18. Evitar jugar con el agua, tapar drenajes, dejar llaves abiertas o vandalizar instalaciones.
Artículo 19. Reportar daños hidráulicos al personal correspondiente.
Artículo 20. Participar en campañas internas sobre el uso racional del agua.
Artículo 21. Los alumnos que promuevan buenas prácticas de ahorro podrán recibir reconocimientos institucionales.
Capítulo V — Del Cuidado de las Áreas Verdes
Artículo 22. El riego del agua se llevará a cabo en horarios determinados para evitar evaporación excesiva.
Artículo 23. Queda prohibido utilizar mangueras o sistemas de riego para actividades recreativas.
Artículo 24. Se fomentará el uso de agua tratada o reciclada para el riego de las áreas verdes.
Artículo 25. Los encargados de jardinería deberán verificar periódicamente el estado de los sistemas de riego de agua.
Capítulo VI — De las Sanciones
Artículo 26. Quienes incumplan este reglamento recibirán sanciones dependiendo de la gravedad y reincidencia:
• Amonestación verbal
• Reporte disciplinario
• Actividades formativas relacionadas con el cuidado del agua
Artículo 27. Cuando el daño genere gasto para la institución, se aplicará sanción económica para cubrir reparaciones:
Tipo de daño Monto estimado
Llave rota, desprendida o dañada $300 a $600 MXN
Inodoros obstruidos intencionalmente $400 a $900MXN
Los daños mayores a tuberías se evaluará el costo total por administración
Artículo 28. La reincidencia en el despilfarro de agua podrá aumentar las sanciones conforme al reglamento interno del plantel.
Artículo 29. Los reincidentes podrán ser citados con el comité disciplinario y sus padres o tutores.
Artículo 30. El cumplimiento de este reglamento será supervisado por la dirección del plantel y revisado anualmente para su actualización.
Comentarios
Publicar un comentario